Asesoría especializada

Cambio de punto de captación de derechos de aguas

Cuando la captación necesita otra ubicación, el título y el proyecto deben examinarse juntos. Evaluamos la vía jurídica, organizamos los antecedentes y acompañamos la solicitud ante la DGA.

Cuándo puede necesitarlo

Cuándo consultar por cambio de punto de captación.

  • Al evaluar un nuevo pozo o una ubicación distinta para captar aguas.
  • Cuando la captación de un proyecto no coincide con el punto autorizado.
  • Antes de adquirir derechos cuyo aprovechamiento se proyecta en otro lugar.

Qué revisamos

Del antecedente
a la actuación.

01

Revisar el derecho y su ubicación

Contraste del título, las inscripciones, el registro administrativo y las coordenadas del punto autorizado con el objetivo del proyecto.

02

Identificar la vía aplicable

Distinción entre cambio de punto de captación de aguas subterráneas, traslado del ejercicio de aguas superficiales y otras actuaciones que puedan corresponder.

03

Coordinar el respaldo

Revisión jurídica del expediente y coordinación de los antecedentes técnicos para evaluar el nuevo punto y las posibles afectaciones a terceros.

04

Acompañar la tramitación

Preparación de la solicitud, seguimiento de requerimientos y análisis de oposiciones y resoluciones, según el alcance acordado.

Preguntas frecuentes

Antes de comenzar.

¿Es el mismo trámite para aguas superficiales y subterráneas?

El Código de Aguas distingue el traslado del ejercicio en cauces naturales del cambio definitivo de punto de captación de aguas subterráneas. La naturaleza del derecho y la ubicación propuesta determinan la evaluación.

¿La inscripción del derecho permite cambiar la captación por sí sola?

El artículo 163 exige autorización de la DGA para esos traslados y cambios definitivos. Para decidir, la autoridad debe examinar la procedencia jurídica, la disponibilidad en el nuevo punto y la afectación de derechos de terceros.

¿El cambio crea un derecho nuevo?

El artículo 163 señala que estos cambios no originan un nuevo derecho. El punto autorizado conserva la naturaleza, el uso y las características del derecho existente.

¿Un cambio de fuente se tramita igual?

El cambio de fuente de abastecimiento tiene regulación propia en los artículos 158 y siguientes. Conviene distinguirlo del cambio de punto antes de preparar la solicitud.

¿Qué debe revisarse si ya existe una captación distinta?

La resolución, las coordenadas y las obras deben contrastarse antes de recomendar una actuación. Una diferencia puede requerir examinar una vía distinta; no permite concluir por sí sola que el cambio sea procedente.

Schmidt y Cía. Abogados

Revisemos sus antecedentes.

Cuéntenos el contexto y la decisión pendiente. Partiremos por los antecedentes esenciales.

Evaluar un cambio de punto de captación